El Detective Privado como Cliente Misterioso frente al Covid-19 y sus sanciones

Las sanciones oscilan entre 3000€ y 600.000€. La entrada en la Fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad de la gran parte del territorio español hace que el sector de los establecimientos pueda reabrir siguiendo las pautas marcadas.

Según los datos proporcionados por la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA)[1] sólo han decidido abrir un 60% de los establecimientos y poco han tardado en llegar las primeras sanciones a los empresarios por el incumplimiento las medidas de seguridad e higiene acordadas por el Gobierno.

El Gobierno publicó el 3 de mayo la Orden SND/388/2020, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado. El objetivo de esta orden es recuperar la vida cotidiana y, a su vez, minimizar los riesgos que puede suponer para nuestra salud.

Por otro lado, el Ministerio de Empleo y el Ministerio de Sanidad han desarrollado el Protocolo y guía de Buenas prácticas dirigidas a la actividad comercial en establecimiento físico y no sedentario, en el cual se concreta con más detalle las medidas específicas que debe seguir cada sector comercial.

La reapertura de locales de cara al público hace que el empresario debe revisar detalladamente que se cumplan las medidas acordadas con el fin de proteger la salud de sus clientes y las posibles sanciones. En este contexto, más que nunca, es imprescindible para el empresario conocer si sus empleados dan un servicio de calidad y cumplen con las nuevas medidas.

¿Cómo puede ayudar la Investigación Privada a los establecimientos frente al COVID-19​?

La figura del Cliente Misterioso se ha venido utilizando para la mejora del rendimiento de su establecimiento, sin embargo, la actualidad hace que esta figura sea de gran utilidad para poder evaluar la aplicación de las medidas de seguridad e higiene.

Los servicios de Investigación Privada le ayudaran a conocer cómo se aplican las medidas en su negocio y, así, poder insistir en determinados aspectos. Una vez terminada la investigación, nuestro equipo le proporcionará un informe, que tendrá valor probatorio ante un posible procedimiento judicial, para que pueda tomar las decisiones más adecuadas basándose en los datos evaluados.

El Detective Privado es el único profesional legitimado para que el soporte foto o videográfico de las evidencias ocurridas en el establecimiento pueda quedar plasmadas en un informe y tenga valor probatorio. 

¿En qué sectores puede ser útil la figura del Detective Privado como cliente misterioso​?

Los servicios a los que la figura del cliente misterioso puede beneficiar en esta situación:

  • Restauración
  • Hipermercados / Supermercados
  • Comercio
  • Franquicias

Dependiendo del sector en el que nos encontremos evaluaríamos las medidas correspondientes ajustadas a lo establecido por el Gobierno y los requisitos de cada cliente. La información recolectada, los videos y las grabaciones que se realicen por nuestro equipo de los puntos acordados se plasmarán en un informe final emitido que, a diferencia de los realizados por personas que no sean detectives privados, tiene valor probatorio según establecen la legislación procesal y de seguridad privada.

Caso de éxito: Control de las medidas de seguridad e higiene en un supermercado.

Antecedentes. El cliente, Director de Operaciones de una cadena de supermercados, se pone en contacto con VESTIGERE  para comprobar si en sus empleados, clientes y proveedores están cumpliendo con las nuevas medidas de seguridad e higiene y la calidad en sus servicios.

Servicios prestados. El cliente contrata con el despacho el servicio de Cliente Misterioso que se realiza con detectives privados. De este modo, uno de nuestros detectives acudió a los establecimientos de esta cadena, en diferentes ocasiones para evaluar no solo la atención al cliente, sino  el cumplimiento de la nueva normativa vigente, la Orden SND/388/2020

Resultado. Con la información obtenida y las grabaciones emitimos un informe, por el cual, el cliente pudo observar las conductas a mejorar en la atención al cliente y ver si se está cumpliendo la normativa efectos de evitar las sanciones, que pueden ir desde 3.000 euros hasta 600.000 euros, sin perjuicio de lo establecido por las comunidades autónomas.