La violencia de género es un problema social cada vez más visible que requiere de una respuesta global y multifocal para combatirlo.
Según la definición recogida en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, el delito de violencia de género es: “Todo acto de violencia (…) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (…) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada refiere a todo aquel acto de violencia física y psicológica cometido por un hombre hacia una mujer”.
En los últimos años se han producido importantes progresos legislativos en lo que se refiere a la lucha contra la violencia de género, englobando aspectos en materia de prevención, educación y de asistencia y atención posterior a las víctimas, entre otros.
El apoyo que pueden ofrecer los detectives privados a las víctimas de violencia de género en estos aspectos a través de su actividad profesional es poco conocido, no obstante, pueden contribuir en la lucha contra este fenómeno mediante la obtención de información y de aportación de pruebas en favor de los intereses de las víctimas.
¿Cómo podría colaborar un detective privado en la violencia de género?
En primer lugar, hay que señalar que los delitos de violencia de género no pueden ser investigados por los detectives privados, al ser considerados delitos públicos.
Sin embargo, los detectives privados pueden intervenir en diferentes momentos del procedimiento judicial.
Un claro ejemplo es la iniciativa adoptada por el Colegio de Detectives de Valencia, que ha firmado un convenio con el Ayuntamiento de Valencia para ofrecer apoyo a las víctimas de violencia de género a través de investigaciones consistentes en la demostración de la capacidad económica real de los agresores que han sido condenados a una indemnización por los daños causados a estas.
Otros casos en los que pueden intervenir los detectives privados son aquellos relacionados con el cumplimiento de las órdenes de protección que pueden dictarse durante un procedimiento judicial.
Una orden de protección es una resolución judicial destinada para proteger a las víctimas de violencia de género y/o doméstica en los casos en los que se detecte una situación objetiva de riesgo de cualquier tipo de agresión.
Existen de naturaleza penal, civil y de asistencia y protección social. Es principalmente en las medidas de las dos primeras categorías en las que un detective privado puede contribuir con su actividad profesional. Entre las medidas de carácter penal se encuentran las privativas de libertad y prohibición de aproximación, prohibición de residencia, de comunicación y retirada de armas u otros objetos peligrosos. Las medidas civiles engloban la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, determinación del régimen de custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos y el régimen de prestación de alimentos.
En las medidas de naturaleza penal, los detectives privados pueden realizar seguimientos y/o vigilancias sobre los presuntos agresores ante la sospecha de que pudieran estar incumpliendo con la orden de protección. Y, en el caso de detectar la comisión de un hecho delictivo, se notificará a las autoridades.
Con respecto a las medidas de carácter civil, a través de las averiguaciones realizadas por los detectives privados se puede demostrar la capacidad económica real del agresor para el cumplimiento del pago de la pensión compensatoria; o acreditar el incumplimiento de los deberes de custodia del menor o menores.
Los detectives privados pueden considerarse por tanto como un recurso más para garantizar la protección de las víctimas frente a la violencia de género y, por ende, para contribuir en la lucha contra este fenómeno.
Bibliografía:
- Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género de https://violenciagenero.igualdad.gob.es/violenciaEnCifras/home.htm
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana (2020). El Colegio y el Ayuntamiento de Valencia firman un convenio para ayudar a las víctimas de violencia de género. http://www.colegiodetectives.com/es/blog/ver/73/El%20Colegio%20y%20el%20Ayuntamiento%20de%20Valencia%20firman%20un%20convenio%20para%20ayudar%20a%20las%20v%C3%ADctimas%20de%20violencia%20de%20g%C3%A9nero.
- Poder Judicial. La violencia doméstica y de género. La orden de Protección. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia-domestica-y-de-genero/La-orden-de-proteccion/